//Reforma sobre tocamientos impúdicos regresará a Asamblea tras observación presidencial

Reforma sobre tocamientos impúdicos regresará a Asamblea tras observación presidencial

El presidente de la República, Nayib Bukele, regresó con observaciones el decreto legislativo que contiene la reforma al Código Penal, que califica como un delito los “tocamientos impúdicos” a niñas y niños.

Por: Arpas/ Foto: Referencia/ Colectiva Feminista

Las razones, según la Presidencia de la República, es que la reforma se traslada casi de forma idéntica la conducta tipificada actualmente como falta, dándole un “tratamiento inadecuado”.

El documento también expresa que se consultó con instancias como el Consejo Nacional para la Niñez y Adolescencia (CONNA), y el Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU), quienes aseguraron que la reforma debe ser garante de las políticas, leyes y tratados internacionales de protección a la niñez y adolescencia.

La Asamblea Legislativa acordó, con 71 votos, reformar el Código Penal para que los tocamientos a niñas y niños sean considerados delitos y no faltas.

“La agresión sexual realizada con o sin violencia que no consistiere en acceso carnal, en menor de quince años de edad o en otra persona, aprovechándose de su enajenación mental, de su estado de inconsciencia o de su incapacidad de resistir, será sancionado con prisión de ocho a doce años”, establece la reforma al artículo 161 del Código Penal.

La misma pena recibirá «el que realizare tocamientos impúdicos en menor e incapaz aprovechándose del descuido o mediante engaño en aglomeraciones públicas, lugares públicos o privados incurrirá en la pena descrita en el inciso anterior», agrega el artículo.

En el caso de funcionarios públicos a quienes se les compruebe su participación en este delito serán inhabilitados de sus cargos.

El artículo 160 establece una sanción de tres a seis años para quien cometa agresión sexual que no sea constitutiva de violación.

La decisión del parlamento se dio luego de la cuestionada resolución de la Cámara Primero de lo Penal que favoreció al magistrado Eduardo Escalante, acusado de agresión sexual al tocar los genitales de una niña. Para la Cámara no fue un delito sino una «falta», porque se dio en un lugar público, durante el día, sin violencia y sobre la ropa de la víctima.