La decisión de la Asamblea Legislativa se da luego de que la Cámara Primero de lo Penal concluyera que no fue delito sino «falta» que el magistrado Jaime Escalante tocara los genitales de una niña. Ante la desprotección del Estado, la víctima y su familia tuvieron que huir del país.
Por: Red Informativa de Arpas/ Foto: Referencia- Boyaca.extra
Los tocamientos impúdicos contra niñas y niños serán considerados delitos y sancionados con 8 a 12 años de cárcel. Hoy la Asamblea Legislativa acordó, con 71 votos, reformar el código penal para que los tocamientos a niñas y niños sean considerados delitos y no faltas.
“La agresión sexual realizada con o sin violencia que no consistiere en acceso carnal, en menor de quince años de edad o en otra persona, aprovechándose de su enajenación mental, de su estado de inconsciencia o de su incapacidad de resistir, será sancionado con prisión de ocho a doce años”, establece la reforma al artículo 161 del Código Penal.
La misma pena recibirá «el que realizare tocamientos impúdicos en menor e incapaz aprovechándose del descuido o mediante engaño en aglomeraciones públicas, lugares públicos o privados incurrirá en la pena descrita en el inciso anterior», agrega el artículo.
En el caso de funcionarios públicos a quienes se les compruebe su participación en este delito serán inhabilitados de sus cargos.
El artículo 160 establece una sanción de tres a seis años para quien cometa agresión sexual que no sea constitutiva de violación.
Consulte aquí el documento que contiene las reformas:
REFORMA-CÓDIGO-PENALLa decisión del parlamento se da luego de la cuestionada resolución de la Cámara Primero de lo Penal que favoreció al magistrado Eduardo Escalante, acusado de agresión sexual al tocar los genitales de una niña. Para la Cámara no fue un delito sino una «falta», porque se dio en un lugar público, durante el día, sin violencia y sobre la ropa de la víctima.
«Lo que hemos hecho es ponerle un candado para que nunca más se vuelvan a dar resoluciones de este tipo», afirmó hoy la diputada de ARENA, Marcela Villatoro.
Familia de niña huye ante desprotección del Estado
La niña víctima de agresión sexual y su familia, del caso donde es acusado el magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Eduardo Jaime Escalante, migraron del país debido a amenazas a su vida, según una publicación de El Faro.
La investigación expone que la familia salió dos veces del país, sin revelar los lugares de destino. Relata que la primera huída se dio entre los meses de mayo y junio de este año, pero fueron deportadas a El Salvador. Su caso fue remitido al Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia, CONNA.
Según la denuncia de la madre de la niña, el CONNA levantó un documento donde explica que su hija fue víctima de agresión sexual, y que habrían recibido amenazas por el presunto responsable, luego de iniciado el proceso judicial en su contra.
Sin embargo, esta institución inició un proceso administrativo de protección a favor de la niña y su hermano, pero para resguardarlos de su madre, ya que consideró que sacarlos del país “podría considerarse como negligencia en el cuido de sus hijos” por haberlos expuesto a una migración irregular”. No obstante, en el mismo documento “señalaron que esto fue responsabilidad del Estado porque no brindó las condiciones básicas para evitar la migración.”
La madre la víctima narró que recibió amenazas en la puerta de su hogar. «Uno de ellos le dijo que ya no siguieran el proceso contra el magistrado Escalante porque, de lo contrario “iba a pasar a más”. Al terminar esa frase el hombre cerró su puño y lo dirigió con fuerza hacía su rostro», contó El Faro.
El caso ha generado movilizaciones y un amplio rechazo de activistas, organizaciones e instituciones, quienes critican al sistema judicial por no ponderar el interés superior de la niña.