La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia admitió esta tarde la demanda de inconstitucionalidad contra la convocatoria a plenaria extraordinaria de la Asamblea Legislativa, hecha por el Consejo de Ministros, invocando el artículo 167, número 7 de la Constitución de la República.
Los magistrados emitieron, además, medidas cautelares sobre el tema. La primera es que el Consejo de Ministros “cese de los efectos de la convocatoria girada con el propósito de una sesión extraordinaria para la aprobación de un préstamo del BCIE para financiar el plan Control Territorial, así como cualquier convocatoria relacionada con el tema”.
Al presidente de la República, Nayib Bukele, la Sala le ordena “abstenerse de hacer uso de la Fuerza Armada en actividades contrarias a los fines establecidos constitucionalmente y poner en riesgo la forma de gobierno republicano, democrático y representativo, y de manera particular la separación de poderes”.
Además, ordena al ministro de la Defensa y al Director de la Policía Nacional Civil (PNC) a que “no ejerzan funciones ni actividades distintas a las que constitucional y legalmente están obligados”.
Piden que el Consejo de Ministros le rinda un informe en un plazo de diez días hábiles, como los establece el artículo 7 de la Ley de Procedimientos Constitucionales.
La Sala no admitió la demanda contra la “inconstitucionalidad de un tuit” del presidente de la República llamando a la insurrección, por “no ser objeto de control constitucional directo, sin perjuicio de la valoración que posteriormente se haga del contenido, supuestos y manifestaciones del derecho a la insurrección”.
El pasado sábado dos ciudadanos demandaron a la Sala de lo Constitucional pronunciarse sobre los hechos que se estaban suscitando, en torno a la convocatoria hecha por el Consejo de Ministros de Bukele para presionar a la Asamblea por la aprobación del préstamo por $109 millones para el plan Control Territorial.