Por Josseline Roca/Foto: Colectiva Feminista
El Estado salvadoreño deberá garantizar atención integral en casos de mujeres que enfrentan emergencias obstétricas y el personal de salud abstenerse de violar el secreto profesional, sentenció la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en el caso Manuela y otros vs. El Salvador.
El fallo condenatorio hacia el Estado es histórico y, de acuerdo con las organizaciones litigantes, reconoce la inocencia de Manuela, mujer que enfrentó un parto extrahospitalario, fue sentenciada a 30 años de prisión y murió esposada a la cama de un centro de salud.
Para dar cumplimiento a la sentencia de la Corte IDH, El Salvador deberá ajustar sus políticas públicas y legislación. “La regulación que se debe emitir debería contemplar expresamente que el personal médico y sanitario no tiene una obligación de denunciar a mujeres que hayan recibido atención médica por posibles abortos y que, en estos casos, el personal de salud debe mantener el secreto profesional médico, frente a cuestionamiento de las autoridades”, explicó Carmen Cecilia Martínez, gerente regional del Centro de Derechos Reproductivos, una de las organizaciones litigantes en el caso.
Asimismo, las instituciones deberán garantizar educación sexual y reproductiva en toda la currícula escolar, establecer modificaciones legislativas y políticas públicas para que no se repitan más casos como el de Manuela, implementar medidas de reparación integral para la familia –incluido un acto público de solicitud de perdón-, adecuar la figura de la prisión preventiva, aplicar procesos de formación con el personal de salud y de justicia, para asegurar la defensa pública y un tratamiento adecuado en el Hospital Nacional Rosales, detallaron las organizaciones.
En la sentencia, la Corte más importante del continente ha considerado que el caso de Manuela se da en un contexto de criminalización total del aborto en El Salvador.
“La Corte ha reconocido que, desde que entró en vigor la ley que penaliza de manera absoluta el aborto, se ha criminalizado a mujeres que sufren abortos espontáneos y otras emergencias obstétricas. En muchos casos, dice la Corte, estas mujeres son condenadas por homicidio agravado y no por aborto, por lo que su sentencia es de 30 a 50 años de prisión”, afirmó Morena Herrera, de la Colectiva Feminista para el Desarrollo Local, otra de las organizaciones litigantes.
Según datos de organizaciones feministas, en este país hay 14 mujeres condenadas a 30 años de cárcel, luego de enfrentarse a una emergencia de salud durante el embarazo. Seis más están en proceso judicial. En todos los casos se trata de mujeres que viven en condiciones de pobreza y en algunos con baja o nula escolaridad.
“Manuela no es la única privada de libertad injustamente. En la actualidad hay más mujeres que están enfrentando este tránsito: del hospital a la cárcel”, aseguró Sara García, de la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto, organización que apoyó al equipo de litigio en el caso.
Manuela, justicia y esperanza
Las defensoras, litigantes en el caso, y la familia, han recibido la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos con esperanza. Uno de los hijos de Manuela, Jesús, señaló que el proceso al que su madre fue sometida fue injusto y valoró el fallo como una forma de reparación en sí misma.
“Esto nos hace entender que lo que hicieron con mi mamá no estuvo bien. Ellos hicieron una injusticia. Yo le pido a todo El Salvador que entienda lo que hicieron con mi mamá y con muchas mujeres. El nombre de mi mamá se ha limpiado”, expresó Jesús minutos antes de recibir en sus manos una copia íntegra de la sentencia.
Las organizaciones feministas consideran que la historia de Manuela es el reflejo de los graves impactos que tiene sobre la vida de las mujeres la penalización absoluta del aborto. Esperan que, luego de este fallo de la Corte IDH, el Estado asuma su responsabilidad y deje de postergar la discusión sobre la restrictiva ley que provoca la persecución de mujeres. “Que el fallo de Manuela signifique la libertad para todas. Manuela es justicia y esperanza”, dijo Sara García.
Estado debe cumplir sentencia
El Estado salvadoreño aprobó en 1969 la Convención Americana de Derechos Humanos y en 1978 ratificó y aceptó la competencia de la Corte IDH, por lo que, con base en ese compromiso, la sentencia del caso Manuela, debe ser acatada.
Este fallo, además, tiene implicaciones regionales y es un logro del movimiento feminista. “Las sentencias de la Corte tienen un carácter de generar jurisprudencia para aplicar en todos los países del continente. Es la oportunidad para revisar los casos de mujeres, que son mujeres empobrecidas. Es una victoria de todas las feministas”, sostuvo Morena Herrera.
Para leer la sentencia, haga clic aquí: https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_441_esp.pdf