//Asamblea aprueba Ley de Inclusión a Personas con Discapacidad

Asamblea aprueba Ley de Inclusión a Personas con Discapacidad

Organizaciones reconocen como un logro para las personas con discapacidad. Al mismo tiempo, cuestionan una débil perspectiva de género y que se haya establecido incentivos fiscales para empresas. “Aún con todas las imperfecciones que pueda tener, la ley es lo mejor que tenemos”, afirman.

Por: Krissia Girón/ Foto: Asociación Los Angelitos

Con 72 votos, la Asamblea Legislativa aprobó la Ley de Inclusión de Personas con Discapacidad, una normativa que sustituirá a la actual Ley de Equiparación de Oportunidades para las Personas con Discapacidad (LEO), vigente desde el año 2000.

La normativa contempla que todas las personas con discapacidad gozan de los derechos consagrados en la Constitución, leyes internas, convenios, tratados e instrumentos internacionales de protección y de derechos humanos.  

Art. 7, Ley de Inclusión

Una de las disposiciones es que el Consejo Nacional de Atención Integral a Personas con Discapacidad (CONAIPD) se convierte en el Consejo Nacional para la Inclusión de las Personas con Discapacidad (ocupando las mismas siglas), el cual será el ente rector de la Política Nacional de Inclusión de las Personas con Discapacidad y de todas aquellas medidas y acciones encaminadas a la garantía de derechos. También será responsable del seguimiento y monitoreo para el cumplimiento de la misma.

Se crea el Consejo Nacional para la Inclusión de las Personas con Discapacidad

Otro elemento nuevo es que el CONAIPD contará con un Tribunal Sancionador, instancia a la que podrán acudir las personas con discapacidad a interponer denuncias por el incumplimiento de la ley o violación a sus derechos.

Este funcionará de manera permanente e independiente y estará integrado por tres miembros propietarios y suplentes. Las ternas serán propuestas por la Corte Suprema de Justicia, la Universidad de El Salvador y universidades privadas, y organizaciones de la sociedad civil con el apoyo de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos.

Las sanciones se clasifican en: pecuniarias y no pecuniarias -son de tipo económico y podrían ser desde 1 a 9 salarios mínimos-; las infracciones se catalogan en leves, graves y muy graves. El tribunal iniciará funciones después de un año de entrada en vigencia de la Ley.

La Ley de Inclusión también establece que todo cotizante al Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS), Instituto Salvadoreño de Bienestar Magisterial (ISBM) e Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada (IPSFA), tendrá derecho a inscribir como beneficiarios de los servicios de salud y suministros de medicamentos a sus familiares con discapacidad que dependan directamente de la persona, hasta con segundo grado de consanguinidad.

Agrega que este sector podrá acceder a una pensión universal diferenciada y se determinará por medio de una evaluación su discapacidad. También se creará un fondo especial exclusivo para la ejecución de proyectos o programas de inclusión.

La Ley de Inclusión también reconoce como la Lengua de Señas Salvadoreña (LESSA) como lenguaje oficial y natural de las personas sordas. Además permitirá el acceso a créditos, seguros médicos, transporte público accesible, postularse a cargos de elección popular, entre otros.

Lo anterior corresponde al reconocimiento que hace la normativa de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad, es decir, a ser sujetos de derechos, a ejercerlos y a que el Estado proporcione las condiciones para ese fin.

Se reconoce la capacidad jurídica de las personas con discapacidad.

Este reconocimiento fue uno de los puntos no negociables para las organizaciones sociales que presentaron el primer anteproyecto de ley de Inclusión en el 2015.

Carmen Fabián, de la Mesa Permanente de Discapacidad de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, PDDH, y quien fue parte de la construcción de la ley junto al equipo técnico de la Comisión de Familia del Parlamento, asegura que reconocer la capacidad jurídica aportará al romper con el estigma y la discriminación que vive este sector.

“Es importante porque salimos de un paradigma que se llama ‘sustitución de la toma de decisiones’. Todo lo que hemos visto en el pasado, en el abordaje de las personas con discapacidad ha sido no preguntarle (a la persona) y tomar las decisiones por ella: tratamientos médicos, esterilización forzada -hay mujeres a quienes ni siquiera les preguntan si quieren o no-, el conformar una familia, contraer matrimonio, entre otros, porque se asume que la persona con discapacidad no puede tomar decisiones”, expresó.

Carmen asegura que, mientras el Estado provea de todos los mecanismos, es posible que cualquier persona con discapacidad puedan ejercer sus derechos con plena conciencia.

“Por ejemplo, una persona con discapacidad quiere casarse, pero se descubre una mala fe de terceros o incluso del cónyugue, el acto queda anulado. Una persona que compró su casa y se descubre una mala fe en esa compra, se da por anulado. Esa es una salvaguarda. La sustitución de derechos será una excepción, lo que se busca es que el Estado garantice todos los apoyos para que, si alguien quiere casarse, que le asesore de manera que la persona haya entendido la decisión que está tomando”, explicó la activista.

Según Fabián, otros puntos no negociables fueron la autonomía del CONAIPD del Ejecutivo, fortalecimiento de presupuestos y la protección social.

Sobre la autonomía del CONAIPD, la activista, quien también es concejal suplente de la institución, asegura que hoy por hoy esta es una entidad descentralizada de Casa Presidencial. Explica que en los últimos 10 años se hicieron importantes avances en cuanto al trabajo que debe realizar el consejo, pero cuestiona que, en el último año, dicho trabajo “se ha ido derrumbando”.

“El consejo no se reúne desde febrero. Es obligación, según el decreto 88 que le da vida al CONAIPD, que se presenten ministros o viceministros y las organizaciones. Este año no ha funcionado y se ha desconfigurado toda la apuesta. No llegan los que toman decisiones, llega gente que no sabemos quiénes son, aunque se presenten, no hay política de inclusión de personas con discapacidad, no hay ni siquiera una postura con la ley que se acaba de aprobar. Comunicacionalmente, es un apéndice de CAPRES”, lamenta Fabián.

El nuevo CONAIPD, plasmado en la Ley de Inclusión, está adscrito al Ministerio de Gobernación.

La Ley reconoce a las personas con discapacidad el derecho de acceso a la justicia, en igualdad de condiciones con las demás y a recibir un trato digno y apropiado en los procedimientos administrativos y judiciales en que sean parte.

También, el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología debe garantizar a las personas con discapacidad el derecho a la educación inclusiva en todos los niveles, tanto del sector público como del privado.

Se garantiza, además, el acceso a los servicios de salud de las personas con discapacidad en el Sistema Nacional Integrado de Salud de forma cálida, eficaz, gratuita y oportuna.

Decreto-n.°-672-Ley-Especial-de-Inclusión

Uno de los capítulos con los que no estuvieron de acuerdo las organizaciones fue el referente a otorgar incentivos fiscales a quienes inviertan, compren o importe implementos técnicos que para uso personal o un familiar de personas con discapacidad. También sobre preferencias a quienes participen de una licitación pública y cumpla con las cuotas de personal con discapacidad.

Para Carmen Fabián, este capítulo no está pensado para las personas con discapacidad, sino para el sector privado.

“De hecho nos retiramos temporalmente cuando discutieron este capítulo porque no estábamos de acuerdo. Hay un artículo sobre la importación de implementos, pero no todas las personas con discapacidad pueden hacerlo”, señaló.

Sobre la aprobación de la ley, la PDDH celebró este hecho y exhortó al presidente de la República, Nayib Bukele, a sancionarla a la brevedad posible.

También pide que el Ejecutivo promueva una comisión de trabajo, con la participación de organizaciones y personas con discapacidad, para la construcción del reglamento de la normativa.

Comunicado PDDH

Una ley con perspectiva de género débil

Ser mujer o niña y tener una discapacidad implica mayores riesgos y vulnerabilidades, así lo considera la representante de la Asociación Los Angelitos.

Ella afirma que el proyecto de ley que presentaron ante el Parlamento contenía varios artículos que buscaban proteger los derechos de mujeres y niñas con discapacidad. Sin embargo, expresó que durante las discusiones de la ley, varios diputados se opusieron y lograron que no se incluyeran en el dictamen.

“Hubo diputados que dijeron que no se podía contaminar con ideología de género esa ley y eliminaron un artículo que garantizaba la protección e inclusión de las mujeres y niñas con discapacidad en los programas del Estado. Dijeron que como ya estaba previsto todo para que fueran incluidos que por qué debía especificar a las mujeres y niñas. Nosotros insistimos en explicar por qué”, sostuvo Fabian.

Además, detalló que uno de los diputados que se opuso a esta disposición fue Ricardo Velasquez Parker, de ARENA. “Fue apoyado por el diputado Arnoldo Marín, del PDC. David Reyes -diputado de ARENA- tuvo una discusión importante cuando este le increpa a la diputada Eeileen Romero -PCN- si por ser mujer ha tenido problemas para ser diputada en comparación a él, y la diputada le dijo que sí y le enlistó la serie de dificultades que había tenido. Pero al final la discusión se cerró”, relató Fabián.

Aún con todos estos argumentos, Fabián explicó que la ley si hace visible a las mujeres y niñas con discapacidad en otros aspectos.

“Quedaron unos artículos con especificaciones para la garantía de derechos de mujeres y niñas son el 52 y 53, referentes a la salud integral y salud sexual y reproductiva. Hay una falta de accesibilidad en cuanto al equipo médico y la comunicación con estas personas”, dijo.

Según datos del CONAIPD del 2015, a esa fecha la tasa de prevalencia de personas con discapacidad era del 6.4% del total de la población, es decir que 410,798 personas tienen algún tipo de discapacidad.

Las mujeres con discapacidad alcanzan el mayor porcentaje con el 54.2%, en tanto los hombres el 45.8%. La mayor concentración de personas con discapacidad se encuentra en edades de 25 a 64 años y en edades de 65 años y más.