La Sala de lo Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia, dejó sin efecto las órdenes de captura contra los militares señalados por el asesinato de los sacerdotes jesuitas de la UCA, en diciembre de 1989. Lo hizo, a través de la resolución a favor de un habeas corpus, recurso para proteger la libertad física de los señalados, que presentaron los abogados de los militares.
La Sala admitió el argumento de los abogados de los militares, quienes, en el recurso de habeas corpus, señalaron que existe una “presunta vulneración de sus derechos a la libertad personal y a la seguridad jurídica, como consecuencia de la inobservancia del principio de prohibición de doble juzgamiento y cosa juzgada”.
Las órdenes de captura se giraron en enero de 2016 tras la petición de extradición que hizo el juez Eloy Velasco, de la Audiencia Nacional de España, para procesarlos en dicho país por este crimen. Sin embargo en agosto del año pasado la Corte Plena, de la Corte Suprema de Justicia, negó la extradición.
La resolución favorece a los militares Juan Rafael Bustillo, Rafael Humberto Larios, Juan Orlando Zepeda, Carlos Mauricio Guzmán, Francisco Elena Fuentes, Joaquín Arnoldo Cerna Flores, Oscar Alberto León, José Ricardo Espinoza, Tomás Zárpate Castillo, Gonzalo Guevara Cerritos, Oscar Mariano Amaya Grimaldy, Antonio Ramiro Ávalos Vargas y Guillermo Alfredo Benavides. Éste último guarda prisión por el crimen, por un proceso judicial en El Salvador, el cual fue interrumpido por la Ley de Amnistía y reanudado tras la declaratoria de inconstitucionalidad de dicha normativa.