Uno de los casos de violencia sexual contra niñas que más reacciones y rechazos provocó en 2019 fue el del magistrado de la Cámara Tercera de lo Civil de San Salvador, Jaime Escalante, acusado de agredir sexualmente a una niña de 10 años en la colonia Altavista.
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La noche del martes 19 de febrero, Escalante Díaz fue capturado por la Policía Nacional Civil tras ser acusado por la madre de una niña de 10 años, de haber agredido sexualmente a su hija. Según el testimonio, la niña se encontraba jugando en la zona cuando el funcionario se acercó a ella y tocó sus genitales.
Inmediatamente, Escalante Díaz fue puesto a la orden de la Asamblea Legislativa, ya que por su cargo gozaba de fuero y no podía ser presentada ante tribunales.
El 22 de febrero, la Fiscalía General de la República (FGR) presentó la solicitud de antejuicio contra el magistrado, acusado del delito de agresión sexual en menor e incapaz agravada.
La petición fue aceptada por la Asamblea Legislativa y, por unanimidad, el 26 de febrero la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales emitió dictamen favorable para iniciar el proceso de antejuicio.
El 05 de marzo, el pleno legislativo consideró que existían los indicios suficientes para retirar el fuero constitucional al magistrado y que éste fuera procesado en una instancia judicial, por lo que aprobó con 82 votos la Asamblea el retiró del fuero.
Tras conocerse la decisión legislativa, el magistrado Escalante Díaz fue puesto a la orden de tribunales, sin embargo, el 26 de marzo la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro, ordenó la Instrucción con medidas alternas a la detención. Decisión que fue apelada por la Fiscalía, dado que es un caso que afecta gravemente el interés público, el acceso a la justicia y al interés superior de la víctima al otorgar medidas a favor” del acusado.
El 09 de septiembre, la sede de la FGR de Apopa informó que la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) revocó las medidas sustitutivas a las detención que favorecían a Escalante díaz, por lo que el acusado debía permanecer en prisión mientras se desarrolla el proceso judicial.
Entre los ir y venir de este largo proceso, el 04 de noviembre la Cámara Primera de lo Penal de San Salvador se declaró incompetente de conocer el caso contra Jaime Escalante, y determinó que la acción del magistrado de tocar los genitales de una niña de 10 años no es un delito, sino una falta y trasladaron al Juzgado de Paz de Tonacatepeque.
Esta decisión encendió las alertas de organizaciones de mujeres quienes rechazaron contundentemente la decisión y crearon la consigna “Tocar Niñas Sí Es Delito”.
Frente al mensaje enviado por el sistema de justicia sobre este tipo de casos, el 14 de noviembre la Asamblea Legislativa aprobó reformas de ley que establecen que los tocamientos a niñas y niños sean considerados delitos y no faltas.
Ante la desprotección del Estado, la víctima y su familia tuvieron que huir del país.
El presidente de la República, Nayib Bukele, regresó con observaciones el decreto legislativo que contiene la reforma al Código Penal, que califica como un delito los “tocamientos impúdicos” a niñas y niños.
Las razones, según la Presidencia de la República, es que la reforma se traslada casi de forma idéntica la conducta tipificada actualmente como falta, dándole un “tratamiento inadecuado”.
El documento también expresa que se consultó con instancias como el Consejo Nacional para la Niñez y Adolescencia (CONNA), y el Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU), quienes aseguraron que la reforma debe ser garante de las políticas, leyes y tratados internacionales de protección a la niñez y adolescencia.
Para las organizaciones de mujeres es lamentable que el sistema de justicia envíe mensajes negativos en casos de violencia sexual contra niñas y mujeres, sobre todo cuando los acusados de agredir son personas con altos puestos de poder.