//Sala manda a Bukele sancionar decreto para que diáspora vote en elecciones de 2024

Sala manda a Bukele sancionar decreto para que diáspora vote en elecciones de 2024

De acuerdo a la resolución de la Sala Constitucional, el presidente Bukele debe sancionar el decreto legislativo 564 que regula el voto en el exterior y que fue vetado el 06 de febrero por el mandatario. También ordena a la Asamblea Legislativa a crear una normativa que regule el tema.

Por: Krissia Girón / Foto : AP

La Sala de lo Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró constitucional algunos aspectos del Decreto Legislativo 564, que regula el voto de las y los salvadoreños en el exterior. Uno de los aspectos avalados por la Sala es que las personas que deseen ejercer su voto en elecciones legislativas y municipales deben demostrar arraigo territorial en un municipio.

“La medida constituye un medio para demostrar la vinculación del votante con la localidad y es una regulación para el ejercicio del derecho y no limitación, porque ninguna de sus manifestaciones ha resultado afectada”, señala la resolución.

Según el presidente Nayib Bukele -quien vetó el decreto el pasado 6 de febrero- este vulneraba los artículos 3 y 72 ordinales 1° y 3° de la Constitución, debido a que no regula el sufragio pasivo (es decir el derecho a presentarse como candidatos en los procesos electorales de sus estados y a ser elegidos) las personas salvadoreñas en el exterior para participar en las elecciones municipales.

En su argumentación el mandatario también señaló que no se establecían las condiciones en las que las personas podrán ejercer el sufragio activo (o la acción de votar) en los comicios legislativos y municipales y por considerar el voto postal como una modalidad.

La Sala declaró constitucional lo relativo al voto postal o la entrega personal de la boleta de votación en oficinas habilitadas en el exterior “en razón de que dichas modalidades adoptadas por el legislador en el marco de su libertad de configuración, cumple con el mandato constitucional indicado y con lo ordenado en la sentencia de Inconstitucionalidad 156-2012, de fecha 23 de diciembre de 2016”, señalan los magistrados en la resolución.

Sin embargo, la Sala declara inconstitucional lo concerniente a las condiciones en que las y los salvadoreños en el exterior ejercerán el sufragio pasivo. “El referido decreto no regula los procedimientos, requisitos, y garantías necesarias para que los ciudadanos salvadoreños domiciliados fuera del territorio de la República puedan ejercer el sufragio pasivo en elecciones legislativas y municipales, postulándose para los cargos públicos correspondientes”, reza el documento.

Los magistrados le ordenan al presidente Nayib Bukele sancione y publique en el Diario Oficial el decreto legislativo objeto de esta controversia y a la Asamblea Legislativa para su conocimiento y efectos consiguientes.

La Sala también ordenó a la Asamblea Legislativa que, a más tardar el 20 de diciembre de 2020, una vez entre en vigencia el decreto 564 , «realice las adecuaciones normativas pertinentes para posibilitar el ejercicio del derecho al sufragio pasivo de los salvadoreños domiciliados en el exterior en los comicios del año 2024», lo que significa que debe crearse la legislación para permitir una candidatura para concejo municipal o diputado de los residentes en el exterior