A través de admisión a trámite de varios procesos de habeas corpus, la Sala de lo Constitucional ha establecido que las autoridades deben garantizar condiciones dignas para las personas afectadas por la pandemia del COVID-19.
Por Norma Ramírez y Krissia Girón/ Foto: Referencia-PNC
Por no cumplir con “los requisitos y presupuestos procesales exigidos por ley”, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró inadmisible un amparo presentado un ciudadano contra el Estado de Emergencia Nacional por COVID-19.
En el escrito, el ciudadano considera que las disposiciones del Estado de Emergencia violentan su derecho a la libre movilidad y que el ministerio de Salud ha extralimitado las funciones dadas por la Asamblea Legislativa con las medidas emitidas en el Decreto Ejecutivo 12, con el que se declaró cuarentena domiciliar.
Para la Sala, los argumentos no son claros y están, más bien, referidos a las disposiciones de la Ley de Restricción e Derechos Constitucionales por la pandemia del COVID-19, por lo que lo declaró como no admisible.
Hasta la fecha, la Sala de lo Constitucional sí ha admitido a trámite y emitido medidas cautelares en 10 procesos de habeas corpus. El más reciente a favor de una persona que afirma que -pese a que le han practicado la prueba COVID-19- no se le han brindado los resultados ni información sobre el estado de su salud actual.
Otros habeas corpus, están referidos a la situación sanitaria y el acceso a implementos de limpieza en centros penales.
Entre éstos el caso de custodios de un centro penal, quienes se encuentran en acuartelamiento de 21 días continuos sin implementos de higiene. El segundo es para internos de un centro penitenciario que se están en las mismas condiciones. También, la Sala emitió medidas cautelares a favor de internas de cárcel de mujeres que hacen el mismo reclamo.
En estos casos, los magistrados ordenan a las autoridades competentes brindar implementos de limpieza e higiene para custodios e internos de los centros penitenciarios, en concordancia con las medidas implementadas para evitar el contagio por COVID-19.
Asimismo la Sala Constitucional ha admitido habeas corpus a favor de personas que se encuentran en centros de contención y que afirman que no se les ha dado insumos higiénicos, atención adecuada por sus padecimientos crónicos e información sobre su condición de salud.
La Sala además, emitió medidas cautelares a favor de tres mujeres detenidas por “violentar cuarentena domiciliar”, mientras buscaban comprar alimentos y medicamentos. Las disposiciones de esta resolución fueron incluidas en la nueva Ley de Restricción e Derechos Constitucionales por la pandemia del COVID-19, aprobada el fin de semana por la Asamblea Legislativa.