Esta acción del juez se da en respuesta a la petición de los apoderados de la Policía Nacional Civil (PNC) quienes solicitaron excluir al IDHUCA como acusadores particulares al señalarlos de “carecer de legitimidad”.
Según los representantes legales de la PNC “la participación del IDHUCA no es legítima porque la persona quien les da la facultad para ser acusadores particulares es la madre de Carla Ayala, y que a su juicio no puede conferir poder alguno ni penal ni civilmente”.
Sin embargo, a criterio del juez, los argumentos de los apoderados de la PNC son una interpretación válida, pero incompleta. “Es de tomar en cuenta que al hablar de la querella estamos ante un derecho fundamental de las víctimas y de quienes pudiesen tener un interés razonable, proporcional y legítimo”, señaló.