Por considerarlas como “penas desproporcionadas e inmorales” la Corte Suprema de Justicia conmutó las penas de cárcel a tres mujeres salvadoreñas que permanecían recluidas en el Penal de Ilopango condenadas por homicidio agravado pero acusadas por aborto.
Por: Norma Ramírez, reportes de Krissia Girón/ Foto: Agrupación Ciudadana
Las tres, sufrieron partos extrahospitalarios, sin embargo, sus casos fueron procesados como hechos en los que había existido la intención de asesinar a sus hijos.
María del Tránsito Orellana, quien se desempeñaba como trabajadora del hogar cuando sufrió un parto extrahospitalario el 5 de marzo del 2010. Condenada a 30 años.
Alba Lorena Rodríguez, tuvo un parto extrahospitalario en su casa de habitación el 23 de diciembre del 2009. Condenada a 30 años de prisión.
Cinthia Marcela Rodríguez, creció con limitados recursos económicos, por lo que a temprana edad comenzó a trabajar como empleada del hogar, en una maquila y como ordenanza. Ella tuvo un parto extrahospitalario el 4 de julio del 2008, sin ningún tipo de asistencia médica. Condenada a 30 años de prisión.
En las tres resoluciones, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) reconoció que las mujeres han vivido en condiciones sociales, económicas y familiares inadecuadas.
El Ministro de Justicia, Mauricio Ramírez Landaverde, habló sobre esta decisión de las entidades judiciales:
Por su parte, Morena Herrera presidenta de la Colectiva Feminista afirmó que si bien este es un paso importante, aún quedan muchos casos más:
Las organizaciones señalaron como importante esta decisión de conmutar la pena a tres mujeres, sin embargo, hicieron énfasis en que esto no reconoce la inocencia de María, Alba y Cinthia por lo que dijeron urge se despenalice el aborto en cuatro causales.