«Hay que tomar en cuenta las fechas en las que fueron promulgadas y que entraron en vigencia, en las que las circunstancias eran diferentes, a eso hay que agregarle la pasividad de las diferentes instituciones creadas para velar por la protección del medio ambiente», señaló la jueza durante un foro realizado por organizaciones.
Reporte: Orfy Arévalo, Radio Sensunat/ Texto: Josseline Roca/ Foto: UNES
La jueza ambiental de Santa Ana, Norma Lemus, consideró que la Ley Forestal y la de Riego y Avenamiento no se apegan a las realidades actuales que vive el país en el ámbito ambiental, lo cual dificulta la labor judicial en la materia.
«Las leyes existen, tienen los parámetros para controlar las actividades que pueden afectar al medio ambiente, específicamente la Ley Forestal y la de Riego y Avenamiento; no obstante, éstas ya no se apegan a las realidades nuestras», afirmó la jueza.
Agregó que otro de los factores que se suman a la problemática es la pasividad de las instituciones responsables de proteger los bienes naturales.
«Hay que tomar en cuenta las fechas en las que fueron promulgadas y que entraron en vigencia, en las que las circunstancias eran diferentes, a eso hay que agregarle la pasividad de las diferentes instituciones creadas para velar por la protección del medio ambiente», señaló.
La funcionaria dio estas declaraciones en el marco de un foro realizado por la Mesa por la Sustentabilidad de los Territorios de Sonsonate y la Unidad Ecológica Salvadoreña (UNES), en la que sus representantes demandaron que se apruebe una nueva Ley Forestal y de Riego y Avenamiento.
«Lo que esperamos es que se reforme a la ley de las mayorías. Las que sufrimos más son nuestras comunidades con la destrucción de nuestros bosques», dijo una de las participantes del foro.
El artículo 1 de la Ley Forestal establece que «el objeto (es) establecer disposiciones que permitan el incremento, manejo y aprovechamiento en forma sostenible de los recursos forestales y el desarrollo de la industria maderera; los recursos forestales son parte del patrimonio natural de la Nación y corresponde al Estado su protección y manejo».
Mientras que la de Riego y Avenamiento tiene como fin «incrementar la producción y la productividad agropecuaria mediante la utilización racional de los recursos suelo y agua, así como la extensión de los beneficios derivados de tal incremento, al mayor número posible de habitantes del país», según reza el artículo 1.
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