//“No es procedente”, responde Asamblea a Gobierno sobre sesión extraordinaria por préstamo

“No es procedente”, responde Asamblea a Gobierno sobre sesión extraordinaria por préstamo

La Asamblea Legislativa acordó no acudir a la sesión extraordinaria a la que le convocó el Consejo de Ministros, para la discusión de un nuevo préstamo para financiar el Plan Control Territorial en su tercera fase. Diversas organizaciones nacionales y de alcance internacional también coincidieron en que invocar el artículo 167 n°7 de la Constitución no aplica para este caso.

Por: Norma Ramírez (@Nramirez_14) / Aportes de Josseline Roca (@JVioletaRoca)/ Foto: Asamblea Legislativa

Con 64 votos a favor, 3 en contra y una abstención la Asamblea Legislativa respondió al Consejo de Ministros que “no existen condiciones materiales que justifiquen la convocatoria extraordinaria” hecha para el próximo domingo.

El presidente, Nayib Bukele, anunció que el Consejo de Ministros decidió invocar el artículo 167, numeral 7 de la Constitución de la República que le da la facultad de “convocar extraordinariamente a la Asamblea Legislativa, cuando los intereses de la República lo demanden”.

La convocatoria, según el presidente, era para que las y los diputados aprobaran un préstamo por $109 millones para financiar el plan Control Territorial.

Sin embargo, la Asamblea determinó que la discusión del préstamo “no constituye emergencia constitucional, pues implica endeudamiento. La Asamblea está facultada para hacer control de las finanzas públicas”, le respondieron al Consejo de Ministros la tarde de este viernes.

Más temprano, el diputado presidente del Parlamento, Mario Ponce, sostuvo que la decisión del Consejo de Ministros invadía la independencia de poderes.

“Argumentos de Consejo de Ministros son insuficientes”

Según explicó a la Red Informativa de ARPAS, Saúl Baños director de la Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD), en la historia del país este tipo de decisiones (convocatoria extraordinaria) ha sido impulsado solamente cuando se ha establecido el régimen de excepción.

“El artículo 29 de la Constitución establece que en casos de guerra, invasión del territorio, rebelión, sedición, catástrofe, epidemias u otra calamidad general o de graves perturbaciones del orden público se suspenden algunas garantías. Son grandes problemáticas las que debería estar atravesando el país para que se dé este tipo de convocatorias, o cuando la Asamblea no se reúna de manera permanente”, afirmó.

Frente a la falta de respuesta, durante la tarde del viernes, el presidente Bukele hizo referencia al uso del artículo 87 de la Constitución de la República que establece que “se reconoce el derecho del pueblo a la insurrección, para el solo objeto de restablecer el orden constitucional alterado por la transgresión de las normas relativas a la forma de gobierno o al sistema político…”.

Para Baños, esto es peligroso y pone en riesgo la maduración del proceso de paz en nuestro país. “Estar haciendo un llamamiento al artículo 87 de la Constitución, bajo las circunstancias que se han generado, se está haciendo de una manera extrema, alejada de la cordura que debería primar en el presidente Bukele”, aseveró.

El Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional, sección El Salvador coincidió en la falta de “condiciones materiales” para la convocatoria y afirmó que los motivos expuestos por el Consejo de Ministros eran “insuficientes”.

La organización Acción Ciudadana apeló a que el presidente Bukele desistiera de interpretar inadecuadamente las disposiciones constitucionales, “esperando que sea respetuoso de los procesos legislativos que se están desarrollando; esto incluye que sus ministros den explicaciones pedidas por los legisladores”, expresaron.

También el Centro para la Defensa de los Derechos Humanos Madelaine Lagadec, también se pronunció sobre el tema. Esta organización expresó su preocupación por la ausencia de mecanismos, entre órganos de Estado, “para la toma de decisiones”.

Esta organización exhortó a la población a no sumarse al llamado de “insurrección”, establecido en el artículo 87 de la Constitución de la República y al que el presidente Bukele hizo referencia.

Hicieron un llamado al “Ejecutivo a que se abstenga de generar climas que generan un espíritu de peligrosidad”. A la PDDH “a que se pronuncie al respecto y vigilar que los derechos civiles y políticos no sean transgredidos”. Y a la Asamblea Legislativa a “utilizar de forma responsable la función de control, desde elementos técnicos que permitan a la sociedad avanzar”.

Según dijo el diputado Mario Ponce, la Comisión de Hacienda discutirá el próximo lunes el préstamo por $109 millones solicitado por el gobierno para financiar el plan Control Territorial y buscarán aprobarlo en la próxima sesión plenaria.

El mandatario Nayib Bukele escribió en su cuenta de Twitter que “la Constitución no les permite decidir si quieren asistir o no”.