El debate tiene como telón de fondo el llamado de Naciones Unidas a suspender dichas medidas: el Alto Comisionado para los Derechos Humanos y la Relatora Especial sobre Ejecuciones Extrajudiciales, haciendo eco de denuncias de organizaciones locales de derechos humanos, solicitaron al Presidente Salvador Sánchez Cerén no aplicarlas más.
Pero el dilema no es continuar o derogar las “medidas extraoridinarias”. Derogarlas dejaría al gobierno sin el principal soporte legal de su política de seguridad y sería un guiño para los delincuentes, un terrible mensaje para la población afectada por la violencia e inseguridad; sin embargo, estas medidas – como cualquier otras – deben ser revisadas, a fin de corregirlas o mejorarlas.
En tal sentido, es oportuno plantear – al menos – tres consideraciones.
En primer lugar, hay medidas que no deben ser “extraordinarias”, sino disposiciones “ordinarias”: por ejemplo, el bloqueo a las telecomunicaciones y los controles en las cárceles. Si desde ahí se ordena cometer delitos, impedir la comunicación no debe ser medida excepcional, sino permanente.
En segundo lugar, deben revisarse y corregirse medidas que derivan en actos arbitrarios o que propician cometimiento de delitos: es necesario garantizar el debido proceso y el respeto a los derechos humanos. Por eso las denuncias de torturas, ejecuciones extrajudiciales y demás abusos que motivan la petición de los funcionarios de la ONU deben investigarse, castigar a los responsables y tomar acciones para prevenir nuevos atropellos.
Y, en tercer lugar, hay que plantear también “medidas extraordinarias para la prevención de la violencia, la reinserción de los delincuentes y la protección a las víctimas”, y no sólo medidas excepcionales para la represión del delito y la persecución de los delincuentes.
¿Qué tal medidas extraordinarias contra los evasores, para obtener recursos para prevención; o un impuesto especial a las ventas de armas y empresas de seguridad privada, para un fondo de reconstrucción del Sistema Penitenciario? Por ejemplo.