//MARN, ANDA y Salud deberán rendir informes a Jueza por contaminación de Río Ceniza

MARN, ANDA y Salud deberán rendir informes a Jueza por contaminación de Río Ceniza

El Juzgado Ambiental de Santa Ana solicitó a varias instituciones públicas informes sobre las causas y agentes que provocan la contaminación del Río Ceniza, ubicado en Nahuilingo, Sonsonate. La titular del Juzgado, Norma Lemus, estableció, en una resolución emitida el 01 de agosto, que necesita conocer con certeza quién es responsable del hecho, antes de tomar la decisión de emitir medidas cautelares.

Por: Norma Ramírez/ Foto: MESUTSO

La mencionada resolución fue emitida a partir de avisos interpuestos por habitantes de ocho comunidades, siete colonias y tres cantones ubicados en Nahulingo y Sonsonate, la Asociación de Regantes Tacushcama, el Movimiento por la Defensa de Tacushcalco y la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, a través del Procurador Adjunto, Ricardo Gómez.

Parte de las consideraciones expuestas en la resolución

Los denunciantes señalan como responsables a la empresa FÉNIX S.A. de C.V., empresa encargada de la construcción de la Lotificación Las Victorias, conocida comercialmente como Acrópolis Sonsonate, -proyecto también denunciado por la destrucción del sitio sagrado Tacushcalco-, así como el Centro Penal de Izalco y el Ingenio Central de Izalco.

Para la Jueza, se debe determinar quién es el responsable directo de la contaminación del afluente de agua, utilizado por las comunidades para uso humano y doméstico. Por lo que ordenó:

-Al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN) que, en un plazo de un mes, realice verificaciones para determinar si en efecto, el centro Penal de Izalco, el proyecto Acrópolis Sonsonate y el ingenio Central de Izalco, realizan descargas de aguas residuales en el Río Ceniza.

-A la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA) a que informe si el proyecto Acrópolis Sonsonate cuenta con certificado de no afectación al pozo que, los denunciantes manifiestan, utiliza para abastecer de agua a las residenciales. Y que facilite condiciones de acceso a agua potable a las comunidades afectadas. Para esto le da un plazo de 15 días.

-A la Dirección Regional de Salud de Occidente le mandata a informar sobre el tratamiento de aguas residuales que realiza el Ingenio Central de Izalco, teniendo en cuenta lo establecido en la Norma Técnica Sanitaria en los artículos referidos al funcionamiento de establecimientos agroindustriales para el procesamiento de caña y café en uva. Dicha institución también tiene 15 días.

En su resolución, la Jueza, Norma Lemus, reiteró que dichas acciones buscan determinar quién es el responsable de la contaminación del Río Ceniza, afluente que recorre gran parte del departamento de Sonsonate.

Aunque los avisos aún no se constituyen en una demanda formal, la juzgadora manifestó que se da por enterada de la situación y que, a partir de las denuncias, abrirán un “expediente de medidas cautelares” del caso.