//Juzgado favorece a empresa que destruyó Tacushcalco

Juzgado favorece a empresa que destruyó Tacushcalco

Por Red Informativa de ARPAS/Cortesía UNES

El Tribunal de Sentencia de Sonsonate emitió una resolución que favorece a la empresa Fénix S.A de C.V, implicada en la destrucción del sitio sagrado Tacushcalco; ya que decretó sobreseimiento para el apoderado legal de dicha empresa, Carlos Nosthas Castillo y dictó 2 años de prisión, sustituidos por trabajos de utilidad pública, para Rodolfo Recinos de León.

De acuerdo con las organizaciones defensoras del sitio arqueológico y pueblos originarios, la decisión del tribunal no brinda justicia ni repara el daño causado por la empresa.

Luis González, UNES

El fiscal del caso señaló que el Ministerio de Cultura ya no tiene potestad en el lugar. “De igual manera ya no existirán daños agravados, debido a que toda la parte de la construcción y todo lo que se realizó para los condominios o viviendas fue parte del patrimonio privado de Rodolfo Joaquín Recinos de León. Por lo tanto, el señor Carlos Eduardo Nosthas Castillo ya no tiene responsabilidad por el sobreseimiento definitivo de los dos delitos. Únicamente será responsable el señor Rodolfo Joaquín Recinos de León por dos delitos, infracción a medidas de registro, control, circulación y protección de bienes culturas y el de desobediencia a particulares”, expresó.

Para Luis González, de la Unidad Ecológica Salvadoreña (UNES), la sentencia de la instancia judicial es una de las consecuencias de  la desafectación o la eliminación de las medidas de protección que tenían dos terrenos propiedad de Inversiones e Inmobiliaria Fénix S.A. de C.V., en Nahulingo, Sonsonate, por parte de la directora de Patrimonio Cultural del Ministerio de Cultura, María Isaura Aráuz Quijano, decisión que considera carece de justificación técnica y califica como “nefasta”.

Luis González, UNES

Nosthas y Recinos fueron procesados por los delitos de infracción a medidas de registro, control, circulación y protección de bienes culturales, desobediencia a particulares y por los delitos de construcciones no autorizadas y daños agravados, por este último ambos fueron sobreseídos.

La UNES sostiene que con la resolución “se está dejando un precedente totalmente negativo para el acceso a la justicia, ante la destrucción de patrimonio cultural y contaminación de bienes naturales como el río Ceniza”.