Si bien 2019 fue un año que dejó buenas noticias en algunos casos de mujeres procesadas por homicidio tras sufrir complicaciones obstétricas, el problema estructural persiste y los diferentes órganos de Estado se resisten a tomar decisiones sobre las demandas de despenalización del aborto en cuatro causales.
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Previo a la conmemoración del día internacional de las mujeres, el 07 de marzo de 2019 trajo noticias positivas para 3 mujeres, pues la Corte Suprema de Justicia decidió conmutar sus penas de prisión, acusadas por homicidio pero procesadas por aborto, al considerar que éstas eran “desproporcionadas e inmorales”.
Las tres, sufrieron partos extrahospitalarios, sin embargo, sus casos fueron procesados como hechos en los que había existido la intención de asesinar a sus hijos.
María del Tránsito Orellana, se desempeñaba como trabajadora del hogar cuando sufrió un parto extrahospitalario el 5 de marzo del 2010. Condenada a 30 años.
Alba Lorena Rodríguez, tuvo un parto extrahospitalario en su casa de habitación el 23 de diciembre del 2009. Condenada a 30 años de prisión.
Cinthia Marcela Rodríguez, creció con limitados recursos económicos, por lo que a temprana edad comenzó a trabajar como empleada del hogar, en una maquila y como ordenanza. Ella tuvo un parto extrahospitalario el 4 de julio del 2008, sin ningún tipo de asistencia médica. Condenada a 30 años de prisión.
En las tres resoluciones, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) reconoció que las mujeres han vivido en condiciones sociales, económicas y familiares inadecuadas.
Si bien las organizaciones reconocieron esta decisión judicial como un precedente importante, hicieron énfasis en que esto no reconoce la inocencia de María, Alba y Cintya por lo que dijeron urge se despenalice el aborto en cuatro causales.
El caso de Maricela
El 19 de junio, por decisión del Juzgado Noveno de Instrucción quedó en libertad Maricela Albizuri, una mujer que tuvo un parto extrahospitalario y fue procesada por homicidio agravado. La jueza le otorgó el sobreseimiento definitivo debido a que determinó que no hubo responsabilidad de Maricela en lo ocurrido, explicó una de sus abogadas, Bertha Deleón.
La autopsia realizada al recién nacido determinó que no se le provocó contusión o daño, afirmó su defensa.
Maricela fue detenida el 1 de noviembre de 2018 en el Hospital Zacamil y luego trasladada al Hospital Nacional Psiquiátrico, por padecimientos de salud mental diagnosticados desde su niñez, donde se mantuvo bajo detención provisional hasta el 10 de abril de este año, fecha en la que la Cámara Tercera de lo Penal anuló la medida, quedando en libertad mientras avanzaba el proceso.
Tras la audiencia en la que se decretó la libertad de Maricela, Bertha Deleón lamentó que la Fiscalía General de la República siga acusando a las mujeres, en casos similares, a pesar de que no cuente con pruebas. Llamó a esa institución a que aplique su política de atención integral a las mujeres y capacite a fiscales en el tema.
El próximo lunes defensoras de derechos humanos realizarán un plantón por el caso de Evelyn, quien enfrentará un nuevo juicio por el delito de homicidio agravado- tras haber sufrido un parto extrahospitalario-, debido a la anulación de la sentencia de 30 años de prisión que le estableció el Tribunal de Sentencia de Cojutepeque en 2017.
Evelyn: 3 años en prisión por un delito que no cometió
2019 también significó la libertad para otra joven acusada y condenada con el mismo patrón: Evelyn Hernández. Ella es una joven que tuvo un parto extrahospitalario en la letrina de su casa en 2016. La Fiscalía General de la República la acusó de matar a su bebé, sin embargo el Tribunal de Sentencia de Cojutepeque, al no encontrar el Juez, José Virgilio Jurado, pruebas que sustentaran la acusación de la FGR la dejó en libertad.
El proceso penal contra Evelyn debió repetirse luego de que la Sala de lo Penal anulara la sentencia condenatoria de 30 años, impuesta por la jueza Nury Vásquez en julio de 2017, y una Cámara ordenara repetirla. Al conocer la decisión, lejos de retractarse la Fiscalía pidió que la joven fuera condenada a 40 años.
El caso de Evelyn movió la opinión pública internacional. Diversas figuras conocidas y activistas señalaron como injusto que se procesara a una mujer que enfrentó una emergencia obstétrica.
Manuela murió sin tener justicia
El 10 de octubre la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) decidió enviar a la Corte IDH el caso de Manuela, la salvadoreña que en 2008 fue condenada a 30 años de prisión por el delito de homicidio agravado. Ella, quien en ese entonces tenía 33 años, sufrió una emergencia obstétrica. Su caso, según organizaciones de derechos humanos, estuvo lleno de irregularidades. Tras la imposición de la pena, Manuela fue diagnosticada con cáncer linfático y dos años después falleció, pues no recibió la atención médica que requería.
Como en otros casos el patrón se repite. Manuela era una mujer de escasos recursos, que no sabía leer ni escribir. Al sentir intenso dolor abdominal fue a la letrina de su vivienda en Cacaopera, Morazán, donde se desmayó. Al despertar, en la cama del hospital, supo que había sido denunciada por aborto y, aún internada, fue detenida.
El proceso judicial que enfrentó estuvo lleno de irregularidades, dicen las organizaciones. Fue interrogada sin la presencia de un abogado y en julio de 2008 tres jueces del Juzgado de Sentencia de San Francisco Gotera, la declararon culpable de “asesinar a su hijo”.
Morena Herrera, de la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto, dijo a la Red Informativa de ARPAS que esta decisión les llena de esperanza, pues es la primea vez que un caso de derechos sexuales y reproductivos llega a una instancia como la Corte IDH.
La CIDH recibió el caso de Manuela el 21 de marzo de 2012. Hoy las organizaciones celebran que haya emitido una decisión que aseguran marca un precedente en la búsqueda de justicia para las mujeres que enfrentan este tipo situaciones en El Salvador, y otras naciones que aún penalizan de manera absoluta el aborto en cualquier causa.
Si bien estos casos marcan precedentes positivos, nacionales e internacionales, para la garantía de derechos sexuales y reproductivos, el tema estructural sigue pendiente de discusión pues en la Asamblea Legislativa continúa estancada la discusión sobre la despenalización del aborto en cuatro causales.
El aborto no es la solución para la pobreza ni para darle una mejor vida a otros, la muerte de un inocente no tiene justificación. Absolutamente nadie tiene el derecho a decidir quien vive y quién no. Si en verdad se preocuparan por las mujeres, su salud, educación y calidad de vida digna presentarían mejores propuestas para sacar de la pobreza a este país. Eso si sería un cambio digno no solo para mujer sino para todos los salvadoreños.
Mueren más mujeres por cáncer y no veo a nadie luchando por tratamientos gratuitos y sería feliz de pagar con mis impuestos la salvación de muchas vidas que la muerte de seres inocentes.
En mi opinión considero que nadie tiene derecho a decidir si un aborto es bueno o malo, es un tema demasiado amplió en el cuál se debe realizar una exhaustiva investigación.
Además creo que si yo no me voy hacer responsable por la salud, seguridad, economía y demás tanto de la madre como del bebé, no soy quien para opinar si es correcto o no abortar.
Sin embargo en este artículo el tema principal no es el aborto sino el procedimiento de las autoridades respecto a los diferentes casos, por querer demostrar su poder, los funcionarios hicieron caso omiso a las respectivas pruebas existentes y decidieron que lo correcto era procesar a las víctimas sólo porqué su moral les dijo que era lo mejor.